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Ventilación de naves industriales: la actual normativa en España

Publicado por S&P          julio 26, 2021          Lectura: 3 min.

La normativa en materia de ventilación en España tiene una larga tradición. La mayoría de la actual regulación se basa en unas pocas normas UNE, elaboradas con el consenso de todas las partes interesadas y aprobadas por un organismo de normalización reconocido.

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Sin embargo, esta regulación es especialmente escasa en cuanto a la ventilación en naves industriales, donde se puede decir que la normativa viene desarrollada en unas pocas líneas, materializadas en el Anexo de un Real Decreto donde se definen los límites de renovación de aire que deberán tener estos espacios.

Desarrollo de la norma RITE, un vacío en la ventilación de naves industriales

En 1998, como consecuencia de los avances tecnológicos y de los cambios competenciales ocurridos en el Estado español, se elabora un nuevo reglamento aprobado mediante Real Decreto 1751/1998, el «Reglamento de instalaciones térmicas en edificios (RITE)» y que se desarrolla igualmente a través de instrucciones técnicas complementarias (ITE).

En concreto, en el apartado 02.2 de la ITE 02 de diseño, se establecen las condiciones para el mantenimiento de una calidad aceptable del aire en los locales. Para ello, se toman como referencia los criterios de ventilación que se incluyen en la Norma UNE 100011 de 1991: Climatización. La ventilación para una calidad aceptable del aire en la climatización de los locales.

La normativa RITE se limita a instalaciones térmicas, es decir, aquellas instalaciones fijas de climatización como calefacción, refrigeración y ventilación, tanto en edificios de nueva construcción como en los ya existentes. Esta norma, de obligado cumplimiento, establece un valor mínimo de 10 l/s por m2 y hora para las oficinas y de 5 l/s por m2 para las salas de reunión.

Aplicación de la Norma UNE-13779

La norma UNE-13779, que ha sido anulada por la UNE-EN 16798-3:2018, es la norma que ha servido como referencia para la elaboración de las normas RITE, y en ella se establecen unas exigencias para los sistemas de ventilación de edificios no residenciales con ocupación humana. 

Esta norma aplica al diseño, eficiencia energética de los edificios e implementación de sistemas de ventilación, acondicionamiento del aire y climatización de edificios no residenciales sujetos a ocupación humana.

No obstante, tanto en la normativa RITE como en la citada norma existe un importante vacío legal en cuanto a la regulación de la ventilación de las naves industriales, ya que de la propia norma UNE-EN 16798-3:2018 se excluyen de aplicación aquellas ubicaciones donde se desarrollen procesos industriales, por lo que existe un cierto vacío en las normas europeas. 

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Normativa HS3

La ventilación de los edificios también viene recogida en el Documento Básico HS (DB HS), que aplica al Código Técnico de la Edificación (CTE), por el que se debe regir todo el sector de la construcción. 

En este sentido, uno de los principales apartados de este documento es el HS3, que establece los criterios por los que se tiene que regir la ventilación de los edificios para mejorar la calidad del aire interior. Esta normativa se aplica igualmente al interior de edificios de viviendas, almacenes de residuos, trasteros, aparcamientos y garajes.

Esta sección del DB HS es responsable de marcar unos parámetros mínimos en la ventilación y la renovación de aire de los edificios. Para ello, utiliza una mecánica que se encarga de extraer aire poluto e inyectar aire limpio, así como de las indicaciones para evacuar todas emanaciones de gases que provengan de los sistemas de confort térmico de los edificios.

La normativa actual de la ventilación de naves industriales en España

La normativa sobre la ventilación en naves industriales en España viene regulada en el Anexo III del Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, donde se fijan las condiciones ambientales de los lugares de trabajo para que no supongan un riesgo de seguridad para los trabajadores. 

En él se establece la mínima renovación del aire de los locales de trabajo, correspondiente a 30 metros cúbicos de aire limpio por trabajador y hora, cuando se trate de trabajos sedentarios y ambientes no contaminados por el humo del tabaco ni calurosos. En caso de que una nave industrial cuente con 10 trabajadores, tendrá que haber una renovación de, al menos, 300 m³ por hora. Este límite aumentará hasta los 50 metros cúbicos de aire por trabajador y hora cuando el centro de trabajo tenga aire viciado u olores desagradables.

No obstante, algunos expertos asegura que estos niveles son claramente insuficientes. Más allá de la normativa, para que la calidad del aire de una nave industrial sea saludable, se recomienda que se realicen entre 4 a 10 renovaciones por hora

En definitiva, y dadas las lagunas normativas que se encuentran en la legislación española relacionada con la ventilación de naves industriales, especialmente en caso de ciertos tipos de empresa, es importante consultar al departamento de asesorías para comprobar qué normativa aplica en cada caso.